Legalidad y seguridad
Antes del semáforo verde de una carrera conviene el semáforo legal: quién puede aceptar apuestas en España.
Operar exige la licencia general de «Apuestas» y licencias singulares por tipo de apuesta, ambas de la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ), junto con un dominio .es inscrito en su registro público. Los servicios para España desde un .com quedan al margen. Quien decide autoprohibirse acude al RGIAJ.
Solo se juega desde los 18 años. La sanción no recae en el jugador que apuesta sin licencia; lo que falta en ese caso es la protección de la DGOJ.
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